Regulación legal de la jornada de trabajo en Chile: requisitos y derechos laborales 2025

¿Tienes dudas sobre cuántas horas puedes trabajar legalmente en Chile y cómo se regulan los descansos? Descubre todo sobre la jornada laboral, sigue leyendo.

Equipo Dudas Legales 29-06-2025 / 20:23:15

En Chile, el marco regulatorio referente a la jornada de trabajo está establecido principalmente en el Código del Trabajo. La definición de jornada abarca el tiempo durante el cual el trabajador presta sus servicios bajo el contrato, considerando límites claros y derechos para ambas partes. Conocer estos aspectos es clave para trabajadores dependientes y quienes administran empresas, especialmente por los cambios y exigencias que involucra la normativa actual.

La jornada laboral ordinaria tiene un tope máximo de 45 horas semanales, distribuidas en un periodo no menor a cinco ni mayor a seis días, sin sobrepasar las 10 horas diarias. Los empleadores deben asegurar el cumplimiento de estas condiciones, salvo excepciones contempladas en la ley, como sucede con gerentes, administradores, apoderados con amplias facultades y quienes trabajan sin fiscalización superior inmediata. Es fundamental que este tipo de excepciones queden debidamente establecidas en los contratos laborales, evitando abusos que puedan derivar en reclamos ante la Inspección del Trabajo.

Existen ciertos sectores y cargos específicos que no se ven afectados por el límite de jornada, tales como quienes desempeñan sus funciones fuera de la empresa, por ejemplo, vendedores viajantes y trabajadores que ejecutan sus labores en domicilios propios. Sin embargo, la aplicación incorrecta del artículo 22 sobre exclusiones ha generado controversias y fiscalizaciones, ya que no cualquier labor remota amerita quedar sin control de horario. Ante la duda, la recomendación es revisar caso a caso junto a un abogado laboral.

En cuanto a jornadas especiales, el Código del Trabajo contempla modalidades como la jornada larga para hoteles y restaurantes (12 horas al día, 60 semanales), jornadas parciales (no más de 30 horas semanales) y las jornadas por turnos, que posibilitan el funcionamiento continuo de empresas durante las 24 horas del día. El pacto de jornadas por turnos exige claridad en horarios y pagos extras por nocturnidad, domingos o festivos, aspectos que deben quedar reflejados contractualmente.

El control y pago de horas extraordinarias se aborda en el artículo 30. Por ley, toda hora trabajada por sobre la jornada ordinaria debe ser compensada con un 50% de recargo sobre el valor de la hora ordinaria. El pago de estas horas debe hacerse conjuntamente con la remuneración mensual y su acuerdo escrito no puede superar los tres meses, aunque puede renovarse si persisten circunstancias excepcionales justificadas. Está prohibido pactar horas extras de manera indefinida, ya que la ley entiende que su finalidad es responder a sobrecargas acotadas en el tiempo.

El empleador está obligado a registrar tanto las horas ordinarias como las extraordinarias mediante sistemas formales, como relojes control, libros de asistencia físicos o digitales validados por la Dirección del Trabajo (DT). Esta institución, además, entrega orientaciones y fiscaliza el correcto cumplimiento de los registros. Las sanciones por no llevar registros adecuados pueden significar multas importantes para la empresa.

Respecto a los descansos, la normativa obliga a interrumpir la jornada diaria con al menos media hora para colación, período que no es considerado trabajado. En jornadas menores a cuatro horas diarias no es obligatorio conceder este descanso. El momento y lugar de la colación queda a la elección del trabajador, pudiendo salir del recinto corporativo si así lo estima conveniente. No obstante, en empleos de proceso continuo se justifican excepciones a esta regla.

No es posible descontar remuneraciones por horas no trabajadas cuando la inasistencia es debida a causas no imputables al trabajador, por ejemplo, dificultades de transporte en circunstancias excepcionales. Por el contrario, si el ausentismo se produce de manera injustificada, el empleador sí puede descontar esas horas o días, pero debe hacerlo conforme a los procedimientos vigentes y dejando constancia en los controles de asistencia.

Para las actividades de comercio, existen reglas especiales previo a fechas como Navidad o Año Nuevo. La ley permite extender la jornada habitual hasta dos horas diarias adicionales durante los nueve días anteriores a la festividad, siempre y cuando no se sobrepasen las 23:00 horas. Es importante recalcar que el día previo a Navidad o Año Nuevo los trabajadores del comercio no pueden estar en funciones después de las 20:00 horas, bajo ninguna circunstancia.

El Código del Trabajo también establece criterios para salarios variables. Cuando el sueldo se paga por trato, comisión o prima, las horas extraordinarias deben calcularse en base al ingreso mínimo mensual, aplicando de todos modos el recargo legal del 50%. Asimismo, los trabajadores con jornada parcial mantienen los mismos derechos proporcionales en cuanto a descansos y horas extra.

En la práctica, los empleadores deben adaptar y revisar sus políticas internas para garantizar el cumplimiento estricto de la legislación laboral chilena, considerando los distintos tipos de personal y sectores de actividad. Las inspecciones de la DT se centran no sólo en el cumplimiento horario, sino en la correcta extensión de beneficios, pausas legales y pago correcto de horas extraordinarias.

Si eres empleador o trabajador y enfrentas situaciones de jornadas extendidas, dudas sobre colaciones, horas extra impagas o problemas con registros de asistencia, es conveniente asesorarse con especialistas, ya que las sanciones pueden ser significativas y afectan directamente la continuidad operativa de la empresa.

Actualización legal: Es importante tener en cuenta que, a raíz de reformas laborales recientes y nuevas discusiones en el Congreso, se proyectan cambios al límite máximo semanal de la jornada de trabajo, con tendencia a reducir gradualmente de 45 a 40 horas. Infórmate siempre en fuentes oficiales como www.dt.gob.cl y revisa versiones actualizadas del Código del Trabajo.

Si quieres profundizar este tema, puedes consultar otros artículos específicos en dudaslegales.cl o acceder a recursos oficiales de la Dirección del Trabajo y del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Recuerda que la educación legal es tu mejor herramienta para exigir y defender tus derechos laborales.

¿Tienes dudas puntuales sobre tu contrato o los horarios de tu trabajo? Escríbenos por WhatsApp y recibe asistencia gratuita de nuestro equipo de abogados laborales. Mantente siempre informado y defiende tus derechos en el mundo laboral chileno.

Equipo Dudas Legales
Comunicaciones y Contenidos